Sucesión testamentaria
Tramitación de la sucesión cuando existe testamento, desde su reconocimiento hasta la adjudicación de los bienes a los herederos designados.
Cuando fallece una persona, su patrimonio no pasa solo: hace falta un procedimiento que acredite quiénes son los herederos y que ponga los bienes a su nombre. Dejarlo pendiente es lo que convierte una casa familiar en un problema que estalla años después, cuando ya hay más interesados y menos documentos.
Qué comprende
Tramitación de la sucesión cuando existe testamento, desde su reconocimiento hasta la adjudicación de los bienes a los herederos designados.
Procedimiento cuando no hay testamento: acreditación del entroncamiento, declaración de herederos y distribución conforme a la ley.
Designación del albacea, formación del inventario y avalúo de los bienes, y rendición de cuentas de la administración.
Cierre del procedimiento con la adjudicación de los bienes y los trámites necesarios para que la propiedad quede debidamente inscrita.
Si hay un inmueble que sigue a nombre de una persona fallecida, conviene revisarlo cuanto antes. Entre más tiempo pasa, más partes intervienen y más caro sale resolverlo.
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